CORRUPCIÓN


El Grupo de Estados contra la Corrupción (GRECO) se constituyó en 1999 en el ámbito del Consejo de Europa con la finalidad de controlar el cumplimiento por los Estados de las normas anticorrupción, con el objetivo de mejorar la capacidad de sus miembros en la lucha contra la corrupción mediante un
procedimiento de evaluación y de seguimiento de las prácticas adoptadas en cada caso.
GRECO se configura como un Grupo abierto, no limitado a los Estados miembros del Consejo de Europa. En la actualidad, está integrado por 49 Estados miembros (48 europeos y EEUU).

El  11 de julio de 2015 GRECO publicaba el “Segundo Informe de Cumplimiento en España”. Este segundo informe evaluaba las medidas adoptadas por las autoridades españolas desde la aprobación del último informe de cumplimiento con respecto a las recomendaciones emitidas por GRECO. El resultado: de las quince recomendaciones había todavía nueve que no se habían aplicado,

- En el Tema I de “Acusaciones”, GRECO recomienda aclarar el concepto de funcionario público extranjero en relación a la corrupción activa de funcionarios extranjeros y de organizaciones internacionales, así como criminalizar el soborno pasivo.
- Revisar el artículo 422 del Código Penal en lo referente al soborno de jurados y árbitros para asegurar su penalización en línea con el Protocolo Adicional al Convenio Penal sobre la Corrupción.
- Criminalizar el soborno y abuso de autoridad en el sector privado de conformidad con los artículos 7 y 8 del Convenio de Derecho Penal sobre Corrupción.
- Criminalizar el tráfico de influencias activo como delito principal.
- En el Tema II de “Transparencia en la Financiación de partidos”, GRECO recomienda tomar medidas para garantizar que los préstamos concedidos a los partidos políticos no se utilicen para eludir las regulaciones de financiación política debiendo no sólo revelar las condiciones de los mismos al Tribunal de Cuentas y Banco de España sino publicar los detalles en sus respectivas páginas web.
- Adoptar medidas para aumentar la transparencia de los ingresos y gastos de los partidos políticos a nivel local y entidades relacionadas o bajo el control de partidos políticos (donaciones a fundaciones).
- Establecer un formato común para las cuentas con el fin de garantizar que la información sea coherente y comparable en la mayor medida posible tanto en el tiempo como entre partidos.
- Mejorar el sistema de auditoría interna de los partidos políticos con el fin de garantizar la independencia de este tipo de controles. GRECO recuerda que la ley no sólo requiere la presentación de los informes de auditoría de los partidos al Tribunal de Cuentas, sino también la obligación de los partidos de implementar mecanismos de control interno, debiéndose establecer dispositivos sancionadores si no se cumplen estos requisitos.
- Definir las infracciones de las normas de financiación de los partidos e introducir sanciones efectivas, proporcionadas y disuasorias..

Éstas recomendaciones coinciden con el último Barómetro Global sobre la Corrupción (2013) realizado por la ONG Transparencia Internacional en el que señalan que la percepción de los españoles sobre la corrupción afecta mayoritariamente a los partidos políticos y al Parlamento (3,9).



En el año 2015 GRECO ha realizado sus recomendaciones para España en la misma sintonía con los anteriores, constatando la erosión de la credibilidad de las instituciones y los efectos perniciosos que pueden llegar a tener. El informe alerta que es un problema “que afecta a responsables políticos de primer orden, alto funcionariado y líderes de los negocios”. Resalta el grave problema “de las puertas giratorias”

Pero lo mas relevante del informe para el tema que nos ocupa es que constata la erosión de la credibilidad de las instituciones y los perniciosos efectos.. Para los tres grupos analizados –parlamentarios, jueces y fiscales- se propone la creación de códigos de conducta propios en los que se aborden temas como los “conflictos de intereses, los regalos y beneficios que les otorguen terceros, y las relaciones con grupos a los que sus decisiones influyan”. Propone que esos códigos de conducta tengan forma legislativa y que sean de dominio público.
En resumidas cuentas el informe pide un esfuerzo legislativo en aras de la transparencia e independencia de los distintos poderes e instituciones.

En Estados Unidos se condenó a miles de millones de dólares y años de cárcel al creador de los bonos basura. Controlan constantemente  para introducir mejoras en el control de la bolsa y contra la corrupción.

La corrupción, el comisionismo, el tráfico de influencias, la información privilegiada, el clientelismo público-privado, están en constante desarrollo, y más en países como España donde una democracia oligarquizada, unos partidos y parlamentos sometidos por el sistema político y electoral vigente a la cúpula de los partidos; una justicia politiquera, partidista, lenta, burocratizada, oscura, corporativa y muy clientelar y, sobre todo, con una tradición, una mentalidad pública y privada que siempre ha creído, que para enriquecerse, hacer carrera, el nepotismo, enchufismo, amiguismo, clientelismo , tráfico de influencias, etc. es lo que funciona, lo usual e imprescindible; y que a lo público se va para beneficiarse uno mismo y los suyos. Aquel que trata de ser honrado es considerado tonto, un iluso que desentona, que no vive en la realidad y que no tiene ningún futuro.

De ahí la urgencia :de una verdadera división de poderes que active  los necesarios controles de un poder judicial justo, una justicia justa, honrada, eficaz, competente e independiente de los poderosos. Todo lo cual servirá para luchar contra la oligarquización política, económica, empresarial, sindical, profesional, laboral, cultural y social de España; contra la corrupción, el corporativismo, los viejos y nuevos caciquismos y tráficos ilegales ; contra la vida política, económica, empresarial, funcionarial, profesional, laboral, cultural y social sumergida y subterránea, contra el potente circuito paralelo que funciona en todos los sectores la sociedad española empezando por el poder político y la Administración pública.

 La corrupción es la práctica que consiste en hacer abuso de poder, de funciones o de medios para sacar un provecho económico.

El Instrumento de Ratificación del Convenio Penal sobre la Corrupción (Convenio número 173 del Consejo de Europa) hecho en Estrasburgo el 27 de enero de 1999, Publicado en el BOE núm. 182 de 28 de Julio de 2010 y Vigencia desde 01 de Agosto de 2010 expresa lo que se considera «agente público» que se interpretará con referencia a la definición de «funcionario», «oficial público», «alcalde», «ministro» o «juez»,

En las denuncias realizadas por Enrique Campos ante las instancias nacionales e internacionales, ha quedado patente que las actuaciones judiciales y del ministerio fiscal han sido una vulneración grave de este convenio.


La actitud inoperante e inactiva del Gobierno español, la Fiscalía General del Estado, y del Presidente del Consejo General del Poder Judicial es un caso grave, aunque indirectamente se presume una colaboración de los mismos sobre los hechos denunciados.
La relación de hechos  reiteradamente denunciados por Enrique Campos contravienen el convenio internacional y deja al gobierno español en muy mal lugar.
El convenio regula entre otras cosas, Tráfico de influencias, Blanqueo del producto de delitos de corrupción, Delitos contables, Actos de participación (Acto de complicidad), Cooperación entre autoridades nacionales

Así mismo España publicó en el BOE el INSTRUMENTO de ratificación de la Convención de las Naciones Unidas contra la corrupción, hecha en Nueva York el 31 de octubre de 2003. BOE de 19 de julio de 2006. Papel mojado, cuando un Estado, su gobierno y los jueces que deben aplicarlo, no solo hacen caso omiso  sino que además el blanqueo y los delitos de corrupción son producto de hechos que se producen en los tribunales de justicia.

Enrique Campos sigue esperando que salga a la luz como una serie de abogados en Córdoba comercian con jueces para obtener sentencias favorables, y que un letrado como Rafael Aranda Asencio vaya vendiendo a boca llena sus servicios de corrupción presuntamente de jueces y magistrados de la Audiencia Provincial de Córdoba. Este conseguidor sigue en la calle  y  los presuntos responsables acaban siendo nombrados magistrados del Supremo.
Vivimos en un país en donde la desvergüenza no tiene límite. ¿Para que firman los gobiernos españoles convenios internacionales que no piensan respetar?


Comentarios

Anónimo ha dicho que…
http://www.abc.es/espana/aragon/abci-ruta-turistica-infancia-fundador-opus-201512091130_noticia.html

Estamos en un país de enfermos...
Anónimo ha dicho que…
Por 2008 o 2009 la Unión Europea señaló a España como el único país que no cumplía la obligación de legislar contra el blanqueo de dinero por narcotráfico y terrorismo. Pasó discretamente. El siniestro opusino u opusinillo Mayor Oreja, que estaba de líder del PP en Europa, no dijo nada, cuando era un claro motivo para atacar al gobierno ZP, con el que supuestamente estaba enfrentado.

El régimen opusino ha hecho que España sea el primer país en tráfico de drogas, y el primero en terrorismo, perfectamente "normalizado" En eso consiste la Obra diabólica.
Anónimo ha dicho que…
http://www.lavozlibre.com/noticias/ampliar/870534/abc-ensena-a-evitar-la-masturbacion-no-es-buena-ni-necesaria

Estará muy orgulloso Bieito Rubido de encomendar el "aula de sexualidad" de su periódico a los oppsinos de Navarra.

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